De acuerdo con la nueva redacción del Decreto 324/011 dado por el Decreto 394/016 y de la Resolución 3122/2012 dada por la Resolución 7506/2016, se establece que seguirá vigente la exoneración de IRAE del 50% sobre el monto de las inversiones ejecutadas hasta el 31/12/2017. El referido beneficio se podrá aprovechar por el término de 5 ejercicios a partir del correspondiente a la primera inversión ejecutada. Esta exoneración no podrá superar el 60% del IRAE liquidado en cada ejercicio antes de deducir la misma.
La exoneración del Impuesto al Patrimonio (IP) sobre los bienes promovidos también se ha prorrogado, rigiendo el presente régimen para las inversiones realizadas hasta el 31/12/2017.
Por otra parte, el Decreto 274/015 otorgó potestades a la DGI para establecer los montos máximos computables de las inversiones y en tal sentido la DGI a través de la Resolución 7506/2016 redujo aún más los montos de inversión admitida para obtener los beneficios mediante el procedimiento simplificado (de forma automática sin previa autorización de DGI) pasando de U$S 120.000 a U$S 80.000 para empresas del Grupo Grandes Contribuyentes, de U$S 50.000 a U$S 35.000 para empresas del Grupo CEDE y de U$S 20.000 a U$S 15.000 para empresas del Grupo NO CEDE.
-pedro.uribe@dca.com.uy-